viernes, 3 de marzo de 2017

PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL COLOMBIANO

En Colombia por ser un estado social de derecho, el estado tiene la obligación de brindar un papel promotor de protección y seguridad a  todos los empleados... pero antes de hablar sobre principios laborales debemos saber...

Que son Principios?

Los principios son normas que ordenan que se realice algo en la mayor medida posible, de acuerdo con las posibilidades jurídicas, que a su vez también están condicionadas por normas. En Colombia existen diversos principios laborales  ya constituidos.

PRINCIPIO DE FAVORABILIDAD.

En este principio hay 2 normas aplicables que dan una solución a la situación a la que esta sometido un empleado, sobre estas dos siempre se escoge la que mas favorezca a este y no hay posibilidad de escoger de cada una lo mas favorable.

IN DUBIO PRO OPERARIO

A diferencia del principio de favorabilidad en este existe solo una norma con dos posibles interpretaciones a un caso concreto y se aplica siempre la  interpretación de la norma mas favorable para el empleado.

PRIMACÍA DE LA REALIDAD

Es importante mencionar que aunque este principio no esta formulado en legislación laboral en la constitución política, si esta formulado en el articulo 23 del código sustantivo del trabajo que en su ordinal 2 dice que una vez reunidos los elementos de un contrato se presume que ya existe y no deja de serlo independientemente del nombre que se le de desde un principio.

En este vídeo esta expresado el momento o la situación desde la cual la ley presume que hay un contrato o relación laboral y a partir de ella se puede llevar un caso concreto ante un juez.







ESTABILIDAD

Consagrado en los artículos 53 y 125 de la constitución política, este principio rige la protección para el empleado que debe ser garantizada por el estado, este principio ademas tiene dos fines; el primero es el sustento vital del empleado y el segundo el reconocimiento en la sociedad por medio de su empleo, es decir, el desarrollo de su personalidad y la estimación  y cooperación con otras personas.
Con respecto a la protección del empleado se tiene en cuenta que si existe una justa causa para su despido este puede ejecutarse; aunque en casos específicos se brinda mayor protección al empleado, estos son denominados fueros.


  • Fuero de maternidad: Ninguna trabajadora puede ser despedida por motivo de embarazo o lactancia.





  • Fuero sindical: Es la garantía de la que gozan algunos trabajadores de no ser despedidos, ni desmejorados en sus condiciones, ni trasladados a un municipio distinto, sin justa causa, previamente calificada por el juez de trabajo.
  • Fuero circunstancial: Este fuero comprende a los trabajadores afiliados o no a un sindicato que hayan presentado una petición a su empleador no podrán ser despedidos hasta cuando se haya solucionado el conflicto colectivo.

  • Fuero por discapacidad: En ningún caso la limitación de una persona, puede ser motivo para no hacer efectiva su vinculación laboral, a menos que dicha limitación sea claramente demostrada como incompatible en el cargo que se va a desempeñar.





CONDICIÓN MAS BENEFICIOSA 

Contenido en el articulo 53 de la constitución nacional dispone: La ley, los contratos, los acuerdos y convenios de trabajo no pueden menoscabar la libertad, la dignidad humana ni los derechos de los trabajadores.

Es decir, por ningún motivo en una empresa se pueden cambiar las normas con el fin de desmejorar las condiciones de los empleados y en caso de hacerse se derogaría inmediatamente quedando solo la mas beneficiosa para la parte débil de la relación laboral.


IRRENUNCIABILIDAD

Es este otro de los principios enunciados en el articulo 53 de la constitución, y consiste en la prohibición tanto de los empleadores como los empleado a quitar y renunciar a los beneficios mínimos establecidos por la ley; aunque hay casos donde se pueden hacer excepciones, ejemplo: es posible renunciar al seguro de vida si el empleado ingresa a la empresa con una edad mayor a 50 años.
Cabe mencionar que este en uno de los derechos de los empleados mas importantes a nivel laboral, que ademas esta contemplado en el código sustantivo del trabajo y en caso de omitirse trae consigo grandes sanciones. Dentro de este derecho y principio se encuentra reflejado otro muy importante y que debe ser garantizado por el estado a todos los empleados.

  • EL MÍNIMO VITAL
Es la retribución que se entrega a cada trabajador por el desempeño en su labor y que debe cubrir como su nombre lo indica las necesidades vitales y básicas de toda persona y su familia para mantener su calidad de vida, entre estas necesidades se encuentran: Alimentación, vestuario, educación y salud y otras como vacaciones y recreación.



OBLIGATORIEDAD DE TRABAJO    

En Colombia es un principio y obligación social que todo ciudadano aporte su fuerza de trabajo en pro de la sociedad para crear mayor competitividad nacional e internacionalmente.








LIBERTAD DE TRABAJO

Este principio también se convierte en un derecho de cada ciudadano de poder escoger a su libre albedrío el trabajo o labor que quiere desempeñar. Aunque este principio se encuentra limitado muchas veces porque no hay suficiente demanda en cada profesión para que todo quien quiera pueda desempeñarla, es por eso que actualmente se ven tantos trabajos informales o personas inconformes con su empleo.




IGUALDAD DE DERECHOS

En el ámbito laboral, se establece que todos los trabajadores deben tener igualdad de normas y garantías dentro de la empresa, sin posibilidad de tener preferencia alguna por algún motivo.
La normatividad que regula la materia se debe aplicar íntegramente a los trabajadores sin considerar aspectos subjetivos sino solamente la condición de trabajar.




DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL

este debe estar presente para ayudar al trabajador. Es una obligación del Estado y del empleador. El empleador debe asegurarse de que el empleado tenga un régimen para su protección.






DERECHOS ADQUIRIDOS

Son los derechos que obtienen todos y cada uno de los trabajadores durante todo el vinculo laboral.





15 comentarios:

  1. Felicitaciones, el blog esta muy completo.

    ResponderEliminar
  2. Hola Catalina, esta muy bien tu blog y bien estructurado, te felicito.

    ResponderEliminar
  3. hola
    tu blog esta muy completo felicitaciones

    ResponderEliminar
  4. cata felicitaciones muy buena información muy completo tu blog

    ResponderEliminar
  5. Buenas noches
    Catalina buenas informacion
    Saludos

    ResponderEliminar
  6. Compañera te felicito muy completo todo sigue asi

    ResponderEliminar
  7. Hola catalina
    Te quedo excelente tu blog muy completo
    Saludos
    Andres Gomez Perez

    ResponderEliminar
  8. hola cata, esta super tu blog felicidadess!!

    ResponderEliminar
  9. Buenas tardes Catalina

    Esta excelente tú aporte.

    Una Feliz Tarde !!!!!!!!

    ResponderEliminar
  10. Hola Catalina están muy bien tus aportes ¡felicitaciones!

    ResponderEliminar