miércoles, 10 de mayo de 2017

PRESTACIONES SOCIALES

QUE SON LAS PRESTACIONES SOCIALES

Las prestaciones sociales son beneficios legales que el empleador debe pagar a sus trabajadores adicionalmente al salario ordinario, para atender necesidades o cubrir riesgos originados durante el desarrollo de su actividad laboral.

Las prestaciones sociales son:


  • Prima de servicios:Es equivalente a 15 días de salario por el tiempo laborado durante el semestre o proporcional por fracción Esta se paga  generalmente el 30 de junio y el 20 de diciembre, o a la terminación del contrato de trabajo.
La base para el calculo de la prima de servicios es el salario básico mas auxilio de transporte, horas extras comisiones y cualquier otro pago considerado salario.

  • Cesantias: El trabajador tiene derecho a que se le pague un salario mensual por cada año de trabajo o proporcionalmente a la fracción de año trabajado. este beneficio tiene como fin brindarle al trabajador un medio de subsistencia cuando termine el contrato de trabajo. El empleador las liquida el 31 de diciembre de cada año y las deposita a más tardar el 15 de febrero en el Fondo de Cesantías que elija el trabajador. 
Para liquidar el auxilio de cesantías se toma como base el último salario mensual devengado por el trabajador, siempre que no haya tenido variación en los tres últimos meses. En el caso contrario se tomará como base el promedio de lo devengado en el último año de servicios o en todo el tiempo servido si fuere menor de un año.


  • Intereses de cesantías:  En enero de cada año, el empleador debe pagar  al trabajador intereses sobre las cesantías que ahorro durante el año a una tasa del 12% anual.
Los intereses se deben pagar a más tardar al 31 de enero, y se pagan directamente al empleado, pues no se deben consignar al fondo de cesantías.


  • Vacaciones: Las vacaciones laborales es el derecho que tiene todo trabajador a que el empleador le otorgue un descanso remunerado por el hecho de haberle trabajado un determinado tiempo. En Colombia, las vacaciones corresponden a 15 días hábiles de descanso remunerado por cada año de trabajo.

OTROS PAGOS POR PARTE DEL EMPLEADOR



  • Dotación: Todo empleado que ocupe más de 1 trabajador permanente debe suministrar al empleado como dotación, cada cuatro meses un par de zapatos y un vestido.Esta obligación es para con los empleados que devenguen un sueldo de hasta dos salarios mínimos, y tendrán derecho los trabajadores que a la fecha de la entrega de la dotación lleven laborando en la empresa como mínimo 3 meses.
Las fechas de entrega de la dotación serán el 30 de abril, el 31 de agosto y el 20 de noviembre de cada año.


  • Auxilio de transporte: Los trabajadores que devenguen hasta dos salarios mínimos legales mensuales tienen derecho al pago del auxilio de transporte fijado por el Gobierno Nacional.
PAGOS 

Es importante que los empresarios tengan en cuenta el calendario de fechas en los que se deben realizar estos pagos y la manera en como se liquidan cada una de estas prestaciones y pagos adicionales.


SEGURIDAD SOCIAL

Tiene como objetivo brindarle a los trabajadores y a sus familias, una protección integral en la invalidez, vejez y muerte, para cubrir los riesgos que puedan afectar su salud. El Sistema de Seguridad Social integral está conformado por:





  • Pension: El sistema cubre los riesgos de invalidez, vejez y muerte por causa común, y tiene dos regímenes independientes. Uno administrado por Colpensiones, que maneja un fondo común y otro de capitalización individual a cargo de las administradoras de fondos de pensiones privados. La contribución a cualquiera de estos regímenes es del 16% del salario mensual del empleado, de las cuales tres cuartas partes están a cargo del empleador (12%) y una cuarta parte le corresponde al trabajador (4%). 



  • Salud: El sistema cubre las contingencias que afectan la salud del trabajador y de su familia, el empleador debe consignar el 12,5% del salario mensual del trabajador, del cual el 8,5% está a cargo del empleador y el 4% restante a cargo del empleado. Este monto es deducido del salario mensual del trabajador.










  • Riesgos laborales:Este sistema cubre las contingencias que afectan la salud del trabajador por causa de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, e igualmente las pensiones por invalidez y muerte generadas por tales enfermedades. La totalidad del aporte por este concepto está a cargo del empleador y su monto depende del grado de riesgo laboral generado en la actividad de la empresa y del cumplimiento de las normas de seguridad industrial. El rango de cotización va desde el 0,5% hasta el 8,7% del valor total de la nómina mensual de salarios.



PARAFISCALES

Todas las empresas deben inscribirse en una caja de compensación familiar. Esta inscripción otorga al trabajador el derecho a obtener subsidios en efectivo para sus hijos menores de edad, así como servicios de capacitación, vivienda y recreación. El empleador debe pagar una suma equivalente al 4% del monto de la nómina a la caja de compensación que haya seleccionado. Adicionalmente al Sena 2% y al ICBF 3%.

LIQUIDACIÓN DE PRESTACIONES SOCIALES

El Ministerio de Protección Social, con el fin de facilitar el proceso para la liquidación de las prestaciones incluye  en esta tabla las fórmulas que podemos usar para llevar a cabo tal liquidación.